Firma presidencial de la Ley de Comida Chatarra en Colombia

Desde Alimentación Consciente acompañamos a la organización Red Papaz para instar al Presidente de la Republica Iván Duque Márquez a que firme la Ley de Comida Chatarra aprobada por el Congreso de la República.


Antioquia, Julio 28 de 2021

Dr. Iván Duque Márquez
Presidente de la República

Como usted sabe, Colombia está incrementando de manera dramática los índices de malnutrición (desnutrición, sobrepeso y obesidad), especialmente en niñas, niños y adolescentes. En 2015, el 56,4% de las personas tenía exceso de peso, situación asociada al consumo habitual de bebidas y comestibles ultraprocesados.

Organizaciones de la sociedad civil, la academia y muchos ciudadanos venimos propendiendo para que Colombia cuente con las políticas recomendadas por la Organización Mundial de la Salud para mitigar esta situación. La primera de estas políticas es el etiquetado frontal que nos permitirá estar advertidos cuando un producto ultraprocesado contiene edulcorantes, exceso de azúcar, sodio o grasas saturadas.

Por esto, solicitamos a su Gobierno a que:

  1. Sancione cuanto antes el aprobado Proyecto de Ley No. 167 de 2019 Cámara – 347 de 2019 Senado, conocido como la #LeyComidaChatarra. Para que finalmente sea ley de república.
  2. Desista del etiquetado acordado con la gran industria y plasmado en la Resolución 810 del 16 de junio de 2021.
  3. Inste al Ministerio de Salud y Protección Social a que reglamente, acorde a la  #LeyComidaChatarra, el nuevo etiquetado frontal de advertencia contando con la mayor evidencia científica disponible libre de conflictos de interés

Para los colombianos este es un paso muy importante para la salud de nuestras familias, especialmente la de las niñas, niños y adolescentes.

Contamos con estas tres acciones de su parte.

Un cordial saludo,

Juan Camilo Rivera Jaramillo
71786927

Acompáñanos a firmar la carta con la red papaz en el siguiente link:

https://entretodos.redpapaz.org/cartas/es/comunicado-al-presidente-de-la-republica-dr.ivan-duque-marquez/envio-carta/


¿Qué es la ley de comida chatarra?

Es una iniciativa de la Red Papaz por mejorar la alimentación en Colombia de nuestros niños.

La tercera fue la vencida. El Senado aprobó la ley de etiquetado frontal de comida chatarra en su cuarto debate. Ahora deberá pasar a conciliación y sanción presidencial una iniciativa ya había fracasado en dos veces en el Congreso.

Se trata de la medida que, desde el 2017, vienen intentando implementar en Colombia congresistas y organizaciones de la sociedad civil para reducir los impactos de la obesidad, considerada una pandemia por organizaciones como la OMS.

El etiquetado es una de las medidas menos radicales. No busca poner impuestos adicionales a comidas ultra procesadas con altos contenidos de grasa, sal y azúcar. Apenas quiere que estos alimentos —como gaseosas, comida empaquetada, y bebidas azucaradas— tengan avisos negros octagonales, en la parte frontal de sus etiquetas, advirtiendo que son alimentos con “exceso” de estos ingredientes vinculados a la obesidad, y otras enfermedades.

Al tiempo que en el Senado de la República, y en redes sociales, los promotores del proyecto de etiquetado presionaban para que la ley se discutiera, el Ministro de Salud expidió una reglamentación que tiene diferencias significativas con la iniciativa legislativa.

La regulación la hizo el Gobierno por fuera del Congreso desde febrero de 2020. Fue construida de la mano de la industria de alimentos y bebidas, y avanzó paralelamente a la discusión legislativa.

Problema de salud

El tema va más allá de la cosmética de los paquetes. La Organización Panamericana para la Salud (OPS) y Unicef recomiendan este tipo de medidas para combatir la pandemia de obesidad, que afecta a 1 de cada 5 colombianos.

Se trata de un problema de salud pública con consecuencias enormes para Colombia. Según un estudio de la OCDE Colombia pierde cerca de 4 puntos del PIB —alrededor de una tercera parte del recaudo anual de la DIAN— por el impacto del sobrepeso y la obesidad en la productividad. El país es uno de los más golpeados por esta pandemia silenciosa, entre los 36 países de la organización.

La regulación versus el proyecto de ley

La reglamentación de Minsalud promueve una etiqueta similar, pero que, según estudios como este, genera menos impacto en los consumidores y no tocaría la publicidad.

Para los promotores del proyecto esa inclusión le quitaría dientes a la iniciativa.

El reglamento del Ministerio se construyó se ha construido en medio de la polémica porque se hizo de la mano con la industria, a la que pretende regular. De hecho, en febrero de 2020, cuando el presidente Iván Duque anunció que ya estaban listas las bases para el etiquetado, agradeció a la industria de bebidas y alimentos porque “ha tomado una decisión voluntaria, consciente, integral y pensando en producir un gran efecto a la sociedad”.

El reglamento expedido por el Gobierno muestra diferencias, en apariencia sutiles, con el proyecto de ley que está en la Cámara, pero que pueden tener un impacto importante:

La forma de la etiqueta: En el proyecto de resolución del Ministerio se proponen etiquetas circulares con las leyendas “alto en azúcar adicionada”, “alto en sodio/sal” y “alto en grasas saturadas”. De acuerdo con un estudio de la Universidad Javeriana y la Universidad de Carolina del Norte, este tipo de etiquetas solo disuaden a un 20 por ciento de los consumidores de comprar el producto, mientras las que son de forma hexagonal y advierten que el producto tiene “exceso” y no “alto contenido”, puede disuadir al 49 por ciento de las personas.

El estudio se publicó el año pasado y se hizo en Colombia. Aunque la ley propuesta no dice la forma de la etiqueta (esta deberá ser reglamentada por el Ministerio de Salud), sí obliga a que esta se diseñe de acuerdo con la evidencia disponible más actual y libre de conflictos de intereses.

La competencia con otras etiquetas: La resolución, a diferencia del proyecto de ley, no prohíbe que se pongan otras etiquetas frontales con valores nutricionales. Así, por ejemplo, una bebida de caja podría tener la etiqueta de que es alta en azúcar y sodio, y otra más grande que dice que es alta en vitaminas. Esto implicaría que una etiqueta puede anular a la otra. Según Red Papaz el problema es que no hay evidencia de que esos ingredientes adicionales compensen el daño que puede ocasionar el resto del contenido.

La publicidad: Es algo que el borrador de resolución del Minsalud no toca, y en el proyecto de ley sí. Dice la iniciativa que las etiquetas no solo deben estar en los paquetes sino en “todo tipo de publicidad que realicen”. En el proyecto inicial los promotores iban más allá, y prohibían que marcas de productos altos en azúcar, grasas y sodio patrocinaran eventos, pero esa condición se eliminó.

Cifras y datos Relevantes

Los principales factores de riesgo de enfermedad y muerte en Colombia están relacionados con la alimentación inadecuada:

3 de cada 4 estudiantes consume bebidas azucaradas 1 o más veces al día. Encuesta Nacional de Salud Escolar, Ministerio de Salud y Protección Social, 2018

Solo 1 de cada 10 escolares consume frutas y verduras en las cantidades recomendadas por la Organización Mundial de la Salud. Encuesta Nacional de Salud Escolar, Ministerio de Salud y Protección Social, 2018

Los estudios realizados para el COVID-19 evidencian que las personas con enfermedades crónicas como hipertensión arterial, obesidad, diabetes, presentan un sistema inmune comprometido, que pueden desencadenar en complicaciones o aumentar la tasa de mortalidad por estas causas. Instituto Nacional de Salud. Boletín Epidemiológico.

Cuatro de las principales causas de muerte son las enfermedades crónicas no transmisibles (ENT), asociadas al sobrepeso y la obesidad. Estadísticas Vitales (EEVV) Nacimientos y defunciones DANE-junio de 2020

Etiquetado frontal de advertencia

¿Qué es el etiquetado frontal de advertencia?

El etiquetado frontal de advertencia proporciona información clara, veraz, sencilla y rápida sobre el contenido nutricional de los productos comestibles.

Cuando estas etiquetas aparecen en el frente de lo que vas a comprar es indicador de que el producto contiene exceso de algún nutriente crítico como azúcar, grasas saturadas o sodio, es decir; que la cantidad de esos nutrientes es superior a los recomendados por entes especializados en la protección de la salud, como es la Organización Panamericana de la Salud (OPS).

El etiquetado frontal de advertencia es una medida basada en la evidencia científica y reconocido por OPS. Este tipo de etiquetado ha sido acogido desde el 2016 por diferentes países de América Latina, tal es el caso de Chile, Uruguay y Perú. Adicionalmente, otros países como Argentina y Brasil están discutiendo la posibilidad de implementar vía regulación este tipo de etiquetado, y países como México, donde se había implementado el GDA, está revisando la posibilidad de cambiar ese etiquetado por el de advertencia.

La evidencia ha mostrado también, que el etiquetado frontal de advertencia es más efectivo en la selección de productos más saludables que otros tipos de etiquetado frontal en población de América Latina, como es el caso del de Guísa Diarias de Alimentación (GDA), el de Semáforo y el de Nutri-score .

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